Las viviendas turí­sticas de Málaga capital

El proceso de regularización abierto por la Junta de Andalucía para sacar a la luz las viviendas turísticas que hay en la región están teniendo un efecto importante en el conocimiento del sector. Muestra de ello es que desde mayo del pasado año, fecha en la que entró en vigor la obligación para que los propietarios de estos inmuebles los diesen de alta en el registro autonómico, han aflorado un total de 1.301 viviendas turísticas en la capital de la Costa del Sol, con capacidad para 2.637 habitaciones y 6.342 plazas.

Si bien estos datos confirman la importancia del sector, se apunta por algunos expertos la posibilidad de que haya del orden de 4.000 plazas más aún por salir a la luz.

A esta circunstancia, hay que añadir que buena parte de las actuaciones que hoy por hoy se impulsan en Málaga capital, ya sea en rehabilitación de edificios o en nuevas construcciones, se vinculan con la figura de los apartamentos turísticos.

Desde algunas asociaciones se defiende fijar unos porcentajes máximos de uso por zonas ante el riesgo de «masificación».

De acuerdo con el decreto, se consideran viviendas con fines turísticos todas aquellas ubicadas en suelo de uso residencial y ofrecen, mediante precio, el servicio de alojamiento de forma habitual y con comercialización y promoción a través de los canales de oferta propios de este Ámbito (agencias de viaje, empresas mediadoras u organizadoras y medios que incluyen posibilidad de reserva). Se diferencian entre las completas, que se ceden en su totalidad y no puede superar las 15 plazas, y las viviendas por habitaciones, en las que debe residir el propietario y que no pueden exceder de seis plazas.

La norma establece unos requisitos mínimos de calidad y confort equiparables a los del resto de alojamientos, con el fin de asegurar los derechos de los usuarios y evitar situaciones de fraude, intrusismo, clandestinidad y competencia desleal. Además, garantiza la seguridad pública al obligar a los propietarios a llevar a cabo un registro documental e informativo sobre los viajeros que utilizan este hospedaje.

Entre otras exigencias, la viviendas con fines turísticos deben disponer de licencia de ocupación y cumplir con las condiciones técnicas y de calidad fijadas, como las relativas a ventilación exterior, mobiliario, refrigeración, ropa de cama, menaje y botiquín de primeros auxilios. También tienen que ofrecer información turística de la zona y hojas de quejas y reclamaciones, así­ como un teléfono de contacto para resolver incidencias durante la estancia.

Fuente de Diario Sur

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